Modelo 130 para autónomos: qué es, quién debe presentarlo y cómo se rellena

imagen de una reunión de negocios donde una persona en traje firma documentos con una pluma sobre una mesa blanca utilizada como fondo de un blog de Asesoria Lex
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Uno de los formularios más importantes para quienes trabajan por cuenta propia es el modelo 130 para autónomos. Este documento fiscal, que debe presentarse cada trimestre, genera muchas dudas, especialmente entre nuevos profesionales y emprendedores que inician su actividad.

Desde Asesoría Lex, expertos en asesoría para autónomos y asesoría fiscal, hemos preparado esta guía clara y actualizada para explicarte qué es el modelo 130, quién está obligado a presentarlo, cómo se rellena paso a paso y qué ocurre si cometes errores.


¿Qué es el modelo 130?

El modelo 130 es un formulario tributario que sirve para declarar trimestralmente el rendimiento neto de las actividades económicas en estimación directa. Es decir, aquellos autónomos que tributan por el beneficio real que obtienen: ingresos menos gastos.

Su función principal es que el autónomo realice pagos fraccionados del IRPF a lo largo del año. En otras palabras, se paga “por adelantado” una parte del impuesto sobre la renta que después se regularizará en la Declaración de la Renta anual (modelo 100).


¿Quién está obligado a presentar el modelo 130?

Deben presentarlo:

  • Los autónomos que tributan en el régimen de estimación directa normal o simplificada.
  • Socios de entidades sin personalidad jurídica (como comunidades de bienes o sociedades civiles con actividad económica).

No están obligados a presentarlo si:

  • Estás en estimación objetiva (módulos).
  • Más del 70% de tus ingresos llevan retención de IRPF (por ejemplo, si trabajas con empresas que ya te retienen en factura).

Si no sabes en qué régimen estás o cómo afecta a tus obligaciones fiscales, en Asesoría Lex podemos analizar tu situación de forma personalizada.


¿Cuándo se presenta el modelo 130?

El modelo 130 se presenta cuatro veces al año, coincidiendo con el calendario fiscal trimestral. Las fechas son:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente

Es fundamental no presentar fuera de plazo para evitar recargos y sanciones. En Asesoría Lex, controlamos estos plazos por ti para que no se te pase ninguna obligación fiscal.


¿Qué información incluye el modelo 130?

El modelo recopila información clave para Hacienda:

  • Ingresos íntegros del trimestre
  • Gastos fiscalmente deducibles
  • Resultado neto (beneficio)
  • Retenciones soportadas (IRPF que te hayan retenido tus clientes)
  • Pago fraccionado a cuenta del IRPF

El cálculo consiste en aplicar el 20% del beneficio obtenido en el trimestre y restarle las posibles retenciones ya practicadas. Lo que quede es el importe a pagar.


Cómo rellenar el modelo 130 paso a paso

Identificación

Incluye tu NIF y nombre completo.

Periodo impositivo

Indica el trimestre y el año al que corresponde.

Datos económicos:

Casilla 01

Ingresos del trimestre.

Casilla 02

Gastos deducibles.

Casilla 03

Diferencia entre ingresos y gastos.

Casilla 05

Resultado (20% del beneficio).

Casilla 07

Retenciones ya soportadas (restan del importe a pagar).

Resultado final

Se calcula la cantidad a ingresar o compensar.

Firma y presentación

Se presenta electrónicamente a través de la sede de la Agencia Tributaria.

Desde nuestra asesoría contable te ayudamos a completarlo de forma correcta, evitando errores que podrían costarte dinero o derivar en sanciones.


¿Qué gastos puedes deducir en el modelo 130?

Los gastos que puedes restar en el cálculo del beneficio son aquellos necesarios para tu actividad. Algunos ejemplos comunes:

  • Alquiler y suministros del local o despacho.
  • Material de oficina, tecnología, software.
  • Teléfono e internet.
  • Transporte, combustible, dietas justificadas.
  • Formación, seguros, asesoría, cuotas de colegio profesional.
  • Nóminas y Seguridad Social, si tienes empleados.

Si tienes dudas sobre qué se puede desgravar y cómo justificarlo correctamente, consulta nuestro artículo: qué facturas puedes deducir en la declaración.


Ejemplo práctico de presentación del modelo 130

Imagina que en un trimestre facturas 10.000 € y tienes 3.000 € de gastos deducibles. No has emitido facturas con retención.

  • Base imponible: 10.000 – 3.000 = 7.000 €
  • Pago fraccionado (20%): 1.400 €
  • Retenciones practicadas: 0 €
  • Total a ingresar en Hacienda: 1.400 €

Si tuviéramos 500 € en retenciones de IRPF, se restarían y el resultado final sería 900 € a ingresar.


¿Qué ocurre si no presentas el modelo 130 o lo haces mal?

Las consecuencias más comunes por no presentar el modelo o hacerlo con errores son:

  • Recargos del 1% al 15% según el retraso.
  • Sanciones económicas si Hacienda lo detecta por inspección.
  • Intereses de demora si pagas fuera de plazo.
  • Pérdida de ayudas o bonificaciones fiscales.

Por eso, cada trimestre es fundamental que tu asesoría te acompañe en este proceso. En Asesoría Lex, lo hacemos por ti, de forma profesional y puntual.


¿Cómo se presenta el modelo 130?

La presentación se realiza exclusivamente por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Puedes usar:

  • Certificado digital.
  • Cl@ve PIN.
  • O delegarlo a tu asesoría (opción más segura).

Desde Asesoría Lex, nos encargamos de todo para que no tengas que entrar en la web de Hacienda ni preocuparte por trámites técnicos.


¿Necesitas ayuda con tus declaraciones trimestrales?

Presentar el modelo 130 no solo requiere conocimiento fiscal, sino tiempo, organización y rigor contable. Confiar en una asesoría especializada como la nuestra te garantiza:

  • Cumplimiento con la normativa.
  • Ahorro de tiempo y prevención de sanciones.
  • Tranquilidad ante posibles revisiones o inspecciones.

En Asesoría Lex, acompañamos a autónomos desde el primer día, desde el alta hasta la planificación fiscal.

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